Por qué no te pueden rechazar
La Ley 26.682 prohíbe negar el ingreso a una prepaga por causa de una enfermedad preexistente. Lo que la ley prevé es que la autoridad de aplicación autorice valores diferenciales, debidamente justificados, para usuarios con enfermedades preexistentes; pero no permite rechazar la afiliación (art. 10).
Qué hacer si te rechazan igual
- Pedí el rechazo por escrito, con el motivo explícito.
- Presentá un reclamo formal ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), adjuntando la comunicación de la prepaga.
- Si tenés obra social, evaluá mientras tanto la derivación de aportes como alternativa temporal.
Qué revisar si te ofrecen un plan condicionado
Si en vez de rechazarte te ofrecen un valor diferencial o condiciones especiales para tu preexistencia, pedí el detalle exacto por escrito antes de firmar. Recordá que las prestaciones del PMO no pueden tener carencia (art. 10).
Este contenido es informativo y no reemplaza la consulta profesional.
Fuentes consultadas: Ley 26.682 de Marco Regulatorio de Medicina Prepaga; Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). Información 2026. Información general: no reemplaza la consulta con un profesional matriculado ni la revisión del contrato de cada plan.
Preguntas frecuentes
¿Puede una prepaga negarme la afiliación por una enfermedad que ya tengo?
No: la Ley 26.682 (art. 10) no permite rechazar la afiliación por una preexistencia. Sí prevé valores diferenciales, debidamente justificados y autorizados.
¿Dónde reclamo si me rechazan igual?
Ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), presentando la comunicación de rechazo de la prepaga.
¿Qué hago si me ofrecen un valor o condiciones especiales por mi preexistencia?
Pedí el detalle exacto por escrito de las condiciones y el valor que te ofrecen antes de firmar cualquier contrato. En el PMO no puede haber carencias.
